S.I.A

El Sistema Institucional de Archivos es el conjunto de registros, procesos, procedimientos, criterios, estructuras, herramientas y funciones que desarrolla cada sujeto obligado y sustenta la actividad archivística, de acuerdo con los procesos de gestión documental. Todos los documentos de archivo en posesión de los sujetos obligados formarán parte del sistema institucional; deberán agruparse en expedientes de manera lógica y cronológica, y relacionarse con un mismo asunto, reflejando con exactitud la información contenida en ellos, en los términos que establezca el Consejo Nacional y las disposiciones jurídicas aplicables.

Todos los documentos de archivo en posesión de los sujetos obligados formarán parte del sistema institucional, deberán agruparse en expedientes de manera lógica y cronológica, y relacionarse con un mismo asunto, reflejando con exactitud la información contenida en ellos, en los términos que establezca el Consejo Nacional y las disposiciones jurídicas aplicables.

(LAEJM) Artículo 21.  El Sistema Institucional de Archivos de cada sujeto obligado deberá integrarse por:

I. Un Área Coordinadora de Archivos;
II. Las Áreas Operativas siguientes:
a) Oficialía de partes o de gestión documental;
b) Archivo de trámite, por área o unidad;
c) Archivo de concentración;
d) Archivo histórico, en su caso, sujeto a la capacidad presupuestal y técnica del sujeto obligado; y
III. Un Grupo Interdisciplinario como órgano de coordinación para efectos del proceso de valoración documental

(LGA). Artículo 26. Los sujetos obligados deberán elaborar un informe anual detallando el cumplimiento del programa anual y publicarlo en su portal electrónico, a más tardar el último día del mes de enero del siguiente año de la ejecución de dicho programa.


INFORME 2024 IJA.pdf


(LGA). Artículo 23. Los sujetos obligados que cuenten con un sistema institucional de archivos, deberán elaborar un programa anual y publicarlo en su portal electrónico en los primeros treinta días naturales del ejercicio fiscal correspondiente. 

Programa Anual de Desarrollo Archivístico IJA 2025: PADA 2025..pdf

Ley de Archivos del Estado y sus Municipios.

Instrumentos de consulta y control archivístico: Los instrumentos técnicos que propician la organización, conservación, disponibilidad, integridad y localización de los documentos de archivo a lo largo de su ciclo vital que son el cuadro general de clasificación archivística y el catálogo de disposición documental y los inventarios de expedientes;

... Artículo 30. Las Áreas Coordinadoras de Archivos tendrán las siguientes funciones:
I. Elaborar, con la colaboración de los responsables de los archivos de trámite, de concentración y, en su caso, histórico, los instrumentos de control archivístico previstos en esta ley, la Ley General y demás normatividad aplicable;...


... Artículo 114. Los sujetos obligados deberán:
I...
II. Establecer un sistema institucional para la administración de sus archivos que contemple la implementación de los procesos de gestión documental, la aplicación de los instrumentos de control y consulta y la elaboración y puesta en práctica de los procedimientos de cada tipo de archivo;...


Artículo 116. Los sujetos obligados deberán contar con los instrumentos de control y de consulta archivísticos conforme a sus atribuciones y funciones, manteniéndolos actualizados y disponibles; debiendo contar al menos con los siguientes:
I. Cuadro general de clasificación archivística;
II. Catálogo de disposición documental; e
III. Inventarios documentales.
La estructura del cuadro general de clasificación archivística atenderá los niveles de fondo, sección y serie, sin que esto excluya la posibilidad de que existan niveles intermedios, los cuales, serán identificados mediante una clave alfanumérica.


   

  CUADRO GENERAL DE CLASIFICACIÓN Y CATÁLOGO DE DISPOSICIÓN DOCUMENTAL IJA.pdf

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El instituto de justicia alternativa es un órgano de apoyo del poder judicial con autonomía técnica y administrativa, rector en materia de medios alternativos de justicia, tales como mediación, conciliación y arbitraje; siendo sus principales atribuciones la promoción de los métodos alternos como una solución pacifica a los conflictos.

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Actualización IJA 2025